En
la sede de la Junta Nacional se llevó a cabo la firma
de un Convenio Marco de Colaboración Mutua entre Bomberos
de Chile, representado por su Presidente, Miguel Reyes Núñez,
y el Centro de Formación Técnica Esperanza Joven,
a través de su rectora Ingrid González Santibáñez.
En el documento
se establece que Bomberos de Chile a través de la Academia
Nacional (ANB) recibirá para la realización
de las clases teóricas y prácticas de algunos
módulos de formación, a alumnos de la carrera
técnica de nivel superior "Prevención de
Riesgos" provenientes del Centro de Formación
Técnica (CFT) Esperanza Joven.
Las condiciones
de este acuerdo se adecuarán a las especificaciones
académicas establecidas en el Plan de Estudios de la
carrera en mención y al Reglamento Académico
del CFT y las condiciones específicas para la realización
de clases teóricas y prácticas serán
convenidas anualmente entre la Dirección de ambos estamentos.
Las clases teóricas
y prácticas se ejecutarán en dependencias del
CFT Esperanza Joven, salvo cuando la ANB solicite expresamente
lo contrario.
La ANB pondrá
a disposición de la docencia de clases prácticas
las dependencias e implementos, que sean pertinentes de acuerdo
a los requerimientos del modulo respectivo.
Las
areas de docencia encomendadas a la ANB serán:
| Área |
Descripción
General |
| Atención
de Primeros Auxilios |
Prácticas
orientadas a la atención primaria a víctimas
de distintos tipos de accidentes. |
| Manejo del
Fuego |
Prácticas
en el combate de incendios en etapa incipiente, mediante
el uso de extintores de mano portátiles a base
de polvo químico seco y anhídrido carbónico,
comprende prácticas de extinción simulando
las condiciones de fuegos clase A, B y C.
Realización
de ejercicios de búsqueda y rescate de víctimas
y desplazamiento en recintos con humo y nula visibilidad. |
En el ejercicio
de las clases prácticas, se procurará simular
situaciones que permitan que los alumnos presencien y ejecuten
las maniobras y procedimientos pertinentes, según lo
requerido en el Plan de Estudios de la Carrera de Prevención
de Riesgos aprobado por el Ministerio de Educación.
La ANB y el CFT
mantendrán una coordinación institucional constante
a través de las respectivas Direcciones Académicas,
docentes y del Jefe de Carrera de la carrera de Prevención
de Riesgos del CFT.
Los docentes que
ejecuten las clases teóricas y prácticas deberán
cumplir con el perfil profesional y docente establecido en
el diseño curricular de los módulos señalados.
El CFT se compromete a capacitar a dichos docentes en el enfoque
de competencias laborales al menos un mes antes de iniciadas
sus clases.
Becas
para Bomberos
El CFT, dispondrá
anualmente de 3 becas completas para cursar cualquier carrera
que brinde nuestra institución y 5 cupos anuales para
participar en actividades de capacitación dictadas
por su OTEC. Estas becas y vacantes podrán ser utilizadas
por bomberos voluntarios pertenecientes a un Cuerpo de Bomberos
de Chile y/o sus familiares directos, los funcionarios de
Bomberos de Chile y/o sus familiares directos.
Para
optar a dicho beneficio, será requisito esencial,
previo e indispensable que el postulante acredite fehacientemente
lo siguiente:
Su
condición de egresado de la enseñanza
media, mediante la correspondiente Licencia de Educación
Media.
|
 |
Su calidad de bombero voluntario o funcionario dependiente
de Bomberos de Chile mediante certificado emitido por la mencionada
entidad, que asegure dicha condición.
La calidad
de familiar de un bombero voluntario o funcionario de Bomberos
de Chile, se respaldará mediante certificado emitido
por el respectivo Cuerpo de Bomberos o de Bomberos de Chile
en su caso, que acredite la condición respectiva y
un certificado de nacimiento o matrimonio, que acredite la
relación familiar directa del postulante.
Los procesos
de selección de los postulantes de dichos beneficios,
serán responsabilidad de la ANB.
Bomberos
de Chile no será responsable por los accidentes o daños
que pudieren sufrir los alumnos del CFT durante o con ocasión
de su participación en las clases teóricas o
prácticas, siendo ello de exclusiva responsabilidad
del CFT, quien deberá contratar y mantener para estos
efectos, las correspondientes pólizas de seguro que
cubran los riesgos inherentes a la participación de
personas en actividades de la naturaleza descrita en convenio,
así como las eventuales indemnizaciones que pudieren
resultar procedentes.