Con
motivo de la realización de los cursos
para formar Bomberos en la conducción de
vehículos institucionales a lo largo de
nuestro país, se hace necesario precisar
las condiciones que se deben cumplir para realizar
la parte practica que dicho curso exige.
Según
el decreto correspondiente, el curso consta de
80 horas teóricas las cuales se hacen en
sala y son evaluadas con pruebas escritas (dos
de estos cursos se inician hoy 4 de mayo en las
regiones VII y IX).
La
parte practica es de 30 horas efectivas de conducción
las cuales cada Bombero debe realizar en su institución
en los vehículos que conducirá luego
de aprobar el curso y obtener la licencia correspondiente
en la Municipalidad donde esta registrado.
Estas
practicas en las máquinas de su institución
deben cumplir las siguientes condiciones:
Ser
autorizadas por oficio escrito por el
Comandante de la institución.
Deben
realizarse acompañado de un Instructor
designado, también por oficio escrito,
por el mismo Comandante.
Este Instructor debe poseer licencia para conducir
clase F y tener como mínimo 5 años
de experiencia en la conducción de vehículos
pesados de emergencia.
Debe
realizarse de preferencia en horarios de bajo tránsito,
en condiciones de practica y tomando todas las precauciones
posibles.
El
vehículo institucional deberá instalar
un letrero de "en practica" en el interior
del parabrisas delantero (según lo muestra
la foto). Es conveniente que la institución
confeccione un letrero el cual será usado
cada vez que necesite realizar practicas de conducción.
El
letrero tiene aproximadamente 80 cm. de largo por
25 cm. de alto, en color amarillo fuerte y con letras
azules de 20 cm de alto por 5 cm de ancho.
Mientras el vehículo este en practica, si
es requerido para dirigirse a una emergencia, se
deberá cambiar el conductor por el Instructor
autorizado u otro conductor que viaje en la máquina.
Se prohibe estrictamente que el Bombero en practica
conduzca el vehículo a una emergencia real.
Una
vez cumplidas las 30 horas de practica, el Comandante
enviará un certificado (certificado tipo
disponible en cada sede regional de la ANB) que
acredita que el Bombero posee la practica necesaria
para conducir vehículos institucionales
de forma segura y eficiente.
Debe
mencionarse que 30 horas de practica es el mínimo
exigido, pudiendo ser más si así
lo estima el Comandante de acuerdo a los informes
entregados por el Instructor evaluador.
Para
aprobar el curso clase F se debe tener el certificado
que acredita la practica enviado por el Comandante,
lo que no exime de exámenes prácticos
que la ANB realizará en forma selectiva
a los asistentes al curso. Lo anterior solo para
verificar y reforzar las habilidades y conocimientos
que el Bombero trae y cumplir con los niveles
de exigencia fijados por el Ministerio de Transportes
que nos fiscaliza.
Con
esto se espera aclarar las dudas con respecto a la
parte practica del curso clase F.